A- de 2021
Ponente Diana Constanza Fajardo Rivera
Temas y subtemas del fallo
✓Lo que decide y analiza la sentencia, tal como lo indexó la relatoría de la Corte. Cada tema enlaza a todas las providencias que lo tratan.
- Contencioso Administrativo y Ordinaria Civil
- Competencia de la jurisdicción contencioso administrativa
Reseña de la relatoría (lo que se alegó y se resolvió, en prosa)
Conflicto de jurisdicciones entre el Juzgado 2° Promiscuo Municipal de Garagoa (Boyacá) y el Tribunal Administrativo de Boyacá..
La controversia entre las mencionadas autoridades tuvo su origen en una demanda ejecutiva que presentó la empresa Arkymedequipos S.A.S. en contra de la ESE Hospital Regional del Valle de Tenza, mediante la cual se pretendía que se librara mandamiento de pago a su favor por la suma correspondiente a nueve facturas de venta y sus respectivos intereses moratorios, que no fueron canceladas oportunamente.
Dichas facturas se derivaron de contratos de prestación de servicios suscritos entre las partes, en los que la demandante se obligó a prestar el servicio de mantenimiento de equipos médicos hospitalarios y a la venta de equipos médicos a favor de la demandada..
Luego de verificar el cumplimiento de los presupuestos subjetivo, objetivo y normativo para la configuración de un verdadero conflicto entre jurisdicciones, la Corte reiteró la regla de decisión fijada en el Auto 403/21, mediante el cual estableció que, cuando una entidad estatal incorpore derechos en títulos-valores en el marco de sus relaciones contractuales, y quien fue parte en ese contrato la demande para hacer efectivo el pago del derecho incorporado, a la jurisdicción competente será la de lo Contencioso Administrativo por tratarse de controversias derivadas del contrato estatal.
Con base en lo anterior se dispuso el envío del expediente al Juzgado Tribunal Administrativo de Boyacá para que proceda con lo de su competencia y comunique la presente decisión a los interesados y al otro operador jurídico.
Qué decidió
Parte resolutiva (Resuelve)
✓Texto literal de la decisión, tal como consta en la sentencia. Complementa los pronunciamientos estructurados de arriba.
- Primero. DIRIMIR el conflicto de jurisdicciones entre el Juzgado 2deg Promiscuo Municipal de Garagoa (Boyaca) y el Tribunal Administrativo de Boyaca, y DECLARAR que el Tribunal Administrativo de Boyaca es la autoridad competente para conocer de la demanda presentada por Arkymedequipos S.A.S en contra de la E.S.E. Hospital Regional Valle de Tenza.
- Segundo. Por intermedio de la Secretaria General, REMITIR el expediente CJU-861 al Tribunal Administrativo de Boyaca para que proceda con lo de su competencia y comunique la presente decision a los interesados y al Juzgado 2deg Promiscuo Municipal de Garagoa (Boyaca).
La Sala que decidió
Distinguimos quién consta en la sentencia (firma, voto o aclaración) de quién probablemente integraba la Corte esa fecha. La diferencia se ve por color y por forma.
Cómo se conecta
Cada providencia es un nodo en la red de la jurisprudencia: cita a unas y es citada por otras. Sigue los hilos.
Los temas y subtemas indexados de esta providencia están arriba, en Temas y subtemas del fallo.